Constitutional Court dismisses amparo appeal due to magistrate's recusal based on familial relationship.
Legislator summary
AI generatedThe Constitutional Court formally accepted a recusal request by Magistrate Cándido Conde-Pumpido Tourón regarding the amparo appeal. The magistrate withdrew from the case because he is the father of the legal representative for the appellant, Christopher Ponce. Consequently, the court ruled that the cause for abstention was justified and removed the magistrate from the proceedings.
Legislator headnote
AI generatedArt. 80 LOTC; Art. 219.2 LOPJ: When a Constitutional Court magistrate is related by blood to the party's legal representative, the cause for abstention is justified, and the magistrate is definitively removed from the case.
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Sección Primera. Auto 50/2017, de 6 de abril de 2017. Recurso de amparo 6052-2016. Acepta una abstención en el recurso de amparo 6052-2016, promovido por don Christopher Ponce en causa penal.
AUTO
I. Antecedentes
Único.
En el recurso de amparo antes referido se impugnan el Auto núm. 5/2017 del Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional de 3 de febrero de 2017, dictado en el recurso de súplica núm. 1-2017 y el Auto núm. 48/2016 de la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional de 23 de diciembre de 2016, rollo de extradición núm. 63-2016.
Mediante escrito fechado el 29 de marzo de 2017 el Magistrado don Cándido Conde-Pumpido Tourón comunicó a los efectos oportunos que se abstenía de intervenir en el antes indicado recurso de amparo, de conformidad con el artículo 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, por ser el padre de don Cándido Conde-Pumpido Varela Letrado de la parte que lo promueve.
II. Fundamentos jurídicos
Único.
Vista la comunicación efectuada por don Cándido Conde-Pumpido Tourón Magistrado de esta Sección Primera del Tribunal Constitucional, la Sección, en virtud de lo previsto en el artículo 219.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, supletoria de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (art. 80), estima justificada la causa de abstención formulada.
Por todo lo expuesto, la Sección
ACUERDA
Estimar justificada la abstención formulada por el Magistrado don Cándido Conde-Pumpido Tourón en el recurso de amparo núm. 1449-2017, apartándole definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.
Madrid, a seis de abril de dos mil diecisiete.