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AUTO 155/2014 ECLI:ES:TC:2014:155A AI generated

Constitutional court dismisses government's unconstitutionality appeal against Andalusian mining law due to withdrawal.

Case Number AUTO 155/2014
Court / Authority
Jurisdiction Spain (ES)
Decision Date
Outcome Dismissed

Legislator summary

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The Constitutional Court granted the withdrawal of the unconstitutionality appeal filed by the Government against the Andalusian mining law. The State Attorney requested suspension under Article 161.2 of the Constitution, but the Council of Ministers subsequently authorized the withdrawal. The Court accepted the withdrawal because no constitutional interest justified continuing the process to a final judgment.

Legislator headnote

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Art. 86 LOTC; Art. 161.2 CE: Withdrawal of an unconstitutionality appeal is admissible when no constitutional interest exists to justify proceeding to a final judgment.

Keywords

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unconstitutionality appeal withdrawal of appeal constitutional interest mining law Andalusian regional law

Cited Legislation

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Art. 86 LOTC
El desistimiento aparece contemplado como modo de terminación de los procesos constitucionales en el art. 86 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, cuyo art.
Art. 80 LOTC
86 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, cuyo art. 80 remite, a su vez, a la Ley de enjuiciamiento civil (LEC) para la regulación con carácter supletorio de este acto procesal (arts.
Art. 161.2 CE
El Abogado del Estado invocó el art. 161.2 CE en relación con el art.
Art. 30 LOTC
161.2 CE en relación con el art. 30 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC), a fin de que se produzca la suspensión de la disposición impugnada.
Art. 19.1 LEC
Art. 3 LEC
161.2 CE en relación con el art. 30 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC), a fin de que se produzca la suspensión de la disposición impugnada.
Art. 20.2 LEC
Art. 20.3 LEC
art. 161.2 CE
El Abogado del Estado invocó el art. 161.2 CE en relación con el art.

Cited Case Law

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SSTC 96/1990
19.1 y 3 y 20.2 y 3 LEC), que puede ser parcial, cuando afecta a alguna de las pretensiones en caso de pluralidad del objeto, y total, cuando se refiere a todas o a la única pretensión (SSTC 96/1990, de 24 de mayo, FJ 1; y 237/1992, de 15 de diciembre, AATC 33/1993, de 26 de enero, y 173/1997, de 20 de mayo).
SSTC 237/1992
SSTC 173/1997
ATC 40/2014
Constitutional Court dismisses positive competence conflict when plaintiff withdraws without constitutional interest.
AATC 33/1993
19.1 y 3 y 20.2 y 3 LEC), que puede ser parcial, cuando afecta a alguna de las pretensiones en caso de pluralidad del objeto, y total, cuando se refiere a todas o a la única pretensión (SSTC 96/1990, de 24 de mayo, FJ 1; y 237/1992, de 15 de diciembre, AATC 33/1993, de 26 de enero, y 173/1997, de 20 de mayo).
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Full text

Pleno. Auto 155/2014, de 27 de mayo de 2014. Recurso de inconstitucionalidad 1627-2014. Acuerda el desistimiento en el recurso de inconstitucionalidad 1627-2014, planteado por el Presidente del Gobierno en relación con el Decreto-ley de la Junta de Andalucía 9/2013, de 17 de diciembre, por el que se articulan los procedimientos necesarios para la reapertura de la mina de Aznalcóllar.

AUTO

I. Antecedentes

1. Mediante escrito presentado en el Registro General de este Tribunal el día 17 de marzo de 2014 el Abogado del Estado, en nombre del Presidente del Gobierno, interpuso recurso de inconstitucionalidad contra el Decreto-ley de la Junta de Andalucía 9/2013, de 17 de diciembre, por el que se articulan los procedimientos necesarios para la reapertura de la mina de Aznalcóllar. El Abogado del Estado invocó el art. 161.2 CE en relación con el art. 30 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC), a fin de que se produzca la suspensión de la disposición impugnada.

2. Por escrito registrado en este Tribunal el 28 de abril de 2014 el Abogado del Estado traslada a este Tribunal la certificación del acuerdo adoptado por el Consejo de Ministros, en sesión celebrada el 25 de abril de 2014, por el que se acordó solicitar del Presidente del Gobierno el desistimiento del recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra el Decreto-ley de la Junta de Andalucía 9/2013, de 17 de diciembre, por el que se articulan los procedimientos necesarios para la reapertura de la mina de Aznalcóllar, y del acuerdo del Presidente del Gobierno de la misma fecha, solicitando que se tenga por desistido al Presidente del Gobierno en este recurso de inconstitucionalidad y, por este motivo, se acuerde la terminación del proceso constitucional.

II. Fundamentos jurídicos

Único.

El desistimiento aparece contemplado como modo de terminación de los procesos constitucionales en el art. 86 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, cuyo art. 80 remite, a su vez, a la Ley de enjuiciamiento civil (LEC) para la regulación con carácter supletorio de este acto procesal (arts. 19.1 y 3 y 20.2 y 3 LEC), que puede ser parcial, cuando afecta a alguna de las pretensiones en caso de pluralidad del objeto, y total, cuando se refiere a todas o a la única pretensión (SSTC 96/1990, de 24 de mayo, FJ 1; y 237/1992, de 15 de diciembre, AATC 33/1993, de 26 de enero, y 173/1997, de 20 de mayo). Así pues, en virtud de los citados preceptos puede estimarse como forma admitida para poner fin a un recurso de inconstitucionalidad o a un conflicto positivo de competencia, total o parcialmente, la manifestación de la voluntad de desistir, siempre que, según reiterada doctrina de este Tribunal, no se advierta interés constitucional que justifique la prosecución del proceso hasta su finalización por Sentencia (por todos, ATC 40/2014, de 11 de febrero).

El Abogado del Estado, debidamente autorizado para ello, pide que se le tenga por desistido del presente recurso de inconstitucionalidad y al no advertirse interés constitucional que justifique la prosecución del proceso hasta su finalización por Sentencia procede acceder a lo solicitado.

Por todo lo expuesto, el Pleno

ACUERDA

Tener por desistido al Abogado del Estado, en la representación que legalmente ostenta, del recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra el Decreto-ley de la Junta de Andalucía 9/2013, de 17 de diciembre, por el que se articulan los procedimientos necesarios para la reapertura de la mina de Aznalcóllar.

Madrid, a veintisiete de mayo de dos mil catorce.