Legislator Case Law & Legislation
AUTO 93/2014 ECLI:ES:TC:2014:93A AI generated

Constitutional Court accepts magistrate's abstention due to prior involvement in the contested administrative case.

Case Number AUTO 93/2014
Court / Authority
Jurisdiction Spain (ES)
Decision Date
Outcome Dismissed

Legislator summary

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The Constitutional Court accepted the formal request for a magistrate's abstention from the amparo proceeding. The applicant, Alberto Habib Gutiérrez, challenged a Supreme Court decision that had previously dismissed his cassation appeal. The court ruled that the specific magistrate was disqualified because he had participated in the lower court's decision being reviewed.

Legislator headnote

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Art. 80 LOTC; Art. 219.11 LOPJ: A magistrate must abstain from a constitutional amparo if they previously participated in the judicial resolution being challenged.

Keywords

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magistrate abstention conflict of interest amparo procedure judicial impartiality Ley Orgánica Tribunal Constitucional

Cited Legislation

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Art. 80 of the Organic Law of the Constitutional Court
Art. 219.11 of the Organic Law of the Judicial Power
Vista la comunicación efectuada por don Ricardo Enríquez Sancho Magistrado de esta Sección Cuarta del Tribunal Constitucional, la Sección, en virtud de lo previsto en el art. 219.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, supletoria de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (art.
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Full text

Sección Cuarta. Auto 93/2014, de 2 de abril de 2014. Recurso de amparo 1911-2014. Acepta una abstención en el recurso de amparo 1911-2014, promovido por don Alberto Habib Gutiérrez en proceso contencioso-administrativo.

AUTO

I. Antecedentes

Único.

En el presente recurso de amparo se impugna Auto de 30 de enero de 2014 dictado por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que declaró la inadmisión del recurso de casación 1317-2013 interpuesto contra la Sentencia de 28 de diciembre de 2012 dictada por la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el recurso núm.731-2011.

Mediante escrito fechado el 2 de abril de 2014 el Magistrado don Ricardo Enríquez Sancho comunicó a los efectos oportunos que se abstenía de intervenir en el antes indicado recurso de amparo, de conformidad con el art. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, por haber formado parte de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que dictó el Auto de 30 de enero de 2014, resolución impugnada en el presente recurso de amparo núm. 1911-2014.

II. Fundamentos jurídicos

Único.

Vista la comunicación efectuada por don Ricardo Enríquez Sancho Magistrado de esta Sección Cuarta del Tribunal Constitucional, la Sección, en virtud de lo previsto en el art. 219.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, supletoria de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (art. 80), estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que el mencionado Magistrado formó parte de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que dictó el Auto de 30 de enero de 2014, resolución que ha sido impugnada en el presente recurso de amparo núm. 1911-2014.

Por todo lo expuesto, la Sección

ACUERDA

Estimar justificada la abstención formulada por el Magistrado don Ricardo Enríquez Sancho en el recurso de amparo núm. 1911-2014 apartándole definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.

Madrid, a dos de abril de dos mil catorce.