Legislator Case Law & Legislation
AUTO 249/2013 ECLI:ES:TC:2013:249A AI generated

Constitutional Court accepts magistrate's abstention due to prior participation in the lower court's decision.

Case Number AUTO 249/2013
Court / Authority
Jurisdiction Spain (ES)
Decision Date
Outcome Dismissed

Legislator summary

AI generated

The Constitutional Court accepted a magistrate's request to abstain from hearing a specific appeal. The magistrate had previously served on the criminal panel of the Audiencia Nacional that issued the underlying judgment being challenged. Consequently, the court formally removed the magistrate from the case to ensure judicial impartiality.

Legislator headnote

AI generated

Art. 80 LOTC; Art. 219.11 LOPJ: A judge must abstain from a constitutional appeal if they previously participated in the lower court decision forming the basis of the appeal.

Keywords

AI generated
judicial abstention conflict of interest constitutional appeal prior participation impartiality requirement

Cited Legislation

AI generated
Art. 80 of the Organic Law of the Constitutional Court
Art. 219.11 of the Organic Law of the Judicial Power
Vista la comunicación efectuada por don Enrique López y López Magistrado de esta Sección Cuarta del Tribunal Constitucional, la Sección, en virtud de lo previsto en el art. 219.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, supletoria de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (art.
AI generated

Need to analyze how this precedent applies to your matter?

Cross-reference this judgment against statutes, commentaries, and subsequent citing case law inside Legislator AI.

Open in Legislator →

Full text

Sección Cuarta. Auto 249/2013, de 31 de octubre de 2013. Recurso de amparo 5686-2013. Acepta una abstención en el recurso de amparo 5686-2013, promovido por don Ramón Aldasoro Magunazelaia en causa penal.

AUTO

I. Antecedentes

Único.

En el recurso de amparo antes referido se impugna Auto de 16 de mayo de 2013 dictado por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo en el recurso de casación núm. 10183-2013 interpuesto contra Auto de 15 de noviembre de 2012 del Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional en rollo núm. 120-1988, dimanante de ejecutoria 37-2001 del Juzgado Central de Instrucción núm. 5.

Mediante escrito fechado el 30 de octubre de 2013 el Magistrado don Enrique López y López comunicó a los efectos oportunos que se abstenía de intervenir en el antes indicado recurso de amparo, de conformidad con el art. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, por haber formado parte del Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que dictó el Auto de 15 de noviembre de 2012, resolución de la que trae causa la impugnada en el presente recurso de amparo núm. 5686-2013.

II. Fundamentos jurídicos

Único.

Vista la comunicación efectuada por don Enrique López y López Magistrado de esta Sección Cuarta del Tribunal Constitucional, la Sección, en virtud de lo previsto en el art. 219.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, supletoria de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (art. 80), estima justificada la causa de abstención formulada, puesto que el mencionado Magistrado formó parte del Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que dictó el Auto de 15 de noviembre de 2012, resolución de la que trae causa el Auto dictado por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo en el recurso de casación núm. 10183-2013 que ha sido impugnado en el presente recurso de amparo 5686-2013.

Por todo lo expuesto, la Sección

ACUERDA

Estimar justificada la abstención formulada por el Magistrado don Enrique López y López en el recurso de amparo núm. 5686-2013, apartándole definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.

Madrid, a treinta y uno de octubre de dos mil trece.