Legislator Case Law & Legislation
AUTO 452/2007 ECLI:ES:TC:2007:452A AI generated

Constitutional Court accepts magistrate's abstention due to prior participation in the challenged law's advisory opinion.

Case Number AUTO 452/2007
Court / Authority
Jurisdiction Spain (ES)
Decision Date
Outcome Allowed / Granted

Legislator summary

AI generated

The Constitutional Court accepted a magistrate's request to abstain from a constitutional challenge against foreigner rights legislation. The magistrate had previously served as President of the Andalusian Advisory Council when issuing the advisory opinion on the very law now being challenged. The court ruled that this prior involvement constituted a conflict of interest under judicial ethics rules, justifying her removal from the case.

Legislator headnote

AI generated

Arts. 80 LOTC; 221.4 LOPJ; 13ª art. 219 LOPJ: A judge must abstain from a constitutional challenge if they previously participated in the adoption of the advisory opinion regarding the challenged legislation.

Keywords

AI generated
judicial abstention conflict of interest advisory opinion constitutional challenge Andalusian Council judge ethics prior participation

Cited Legislation

AI generated
Art. 80 LOTC
Vista la comunicación efectuada por doña Elisa Pérez Vera, Magistrada de este Tribunal, en virtud de lo previsto en los arts. 80 LOTC y 221.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), se estima justificada la causa de abstención formulada,
Art. 221.4 LOPJ
Art. 219.13 LOPJ
puede integrarse en la causa 13ª del art. 219 LOPJ.
arts. 80 LOTC
Vista la comunicación efectuada por doña Elisa Pérez Vera, Magistrada de este Tribunal, en virtud de lo previsto en los arts. 80 LOTC y 221.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), se estima justificada la causa de abstención formulada,
art. 219 LOPJ
puede integrarse en la causa 13ª del art. 219 LOPJ.
AI generated

Need to analyze how this precedent applies to your matter?

Cross-reference this judgment against statutes, commentaries, and subsequent citing case law inside Legislator AI.

Open in Legislator →

Full text

Pleno. Auto 452/2007, de 12 de diciembre de 2007. Recurso de inconstitucionalidad 1640-2001. Acepta una abstención en el recurso de inconstitucionalidad 1640-2001, promovido por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía contra determinados preceptos de la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre, de reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España.

AUTO

I. Antecedentes

Único.

En el recurso de inconstitucionalidad núm. 1640-2001, promovido por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, se impugnan los apartados 5, 6, 9, 15, 16 y 56 del artículo 1 de la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre, de reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España.

Mediante escrito fechado el 21 de noviembre de 2007 la Magistrada doña Elisa Pérez Vera comunicó a los efectos oportunos que se abstenía de intervenir en la deliberación y votación de los indicados recursos de inconstitucionalidad, al haber participado, en su anterior condición de Presidenta del Consejo Consultivo de Andalucía, en la adopción del dictamen núm. 61-2001, de 26 de abril, relativo al recurso de inconstitucionalidad que el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía pretendía formalizar contra determinados preceptos de la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre, de reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España.

II. Fundamentos jurídicos

Único.

Vista la comunicación efectuada por doña Elisa Pérez Vera, Magistrada de este Tribunal, en virtud de lo previsto en los arts. 80 LOTC y 221.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), se estima justificada la causa de abstención formulada,

puesto que la mencionada Magistrada intervino, en calidad de Presidenta del Consejo Consultivo de Andalucía, en la adopción del dictamen emitido por dicho órgano con carácter previo a la interposición por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma

de Andalucía del recurso de inconstitucionalidad dirigido contra determinados preceptos de la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre, de reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España, lo que

puede integrarse en la causa 13ª del art. 219 LOPJ.

Por lo expuesto, el Pleno

ACUERDA

Estimar la causa de abstención formulada por doña Elisa Pérez Vera en el recurso de inconstitucionalidad núm. 1640-2001, apartándola definitivamente del conocimiento del mismo.

Madrid, a doce de diciembre de dos mil siete.