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AUTO 83/2005 ECLI:ES:TC:2005:83A AI generated

Constitutional Court accepts judge's recusal from amparo case due to prior participation in the Supreme Court ruling.

Case Number AUTO 83/2005
Court / Authority
Jurisdiction Spain (ES)
Decision Date
Outcome Allowed / Granted

Legislator summary

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The Constitutional Court accepted the recusal of a Supreme Court judge from hearing the amparo appeal against a presidential pardon. The judge had previously served on the same Supreme Court chamber that issued the original administrative ruling in question. Consequently, the court declared the recusal justified under the conflict of interest rules governing judicial participation.

Legislator headnote

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Art. 219 LOPJ; When a judge participated in the instruction or resolution of the case at a prior instance, their recusal for the current amparo appeal is justified to ensure impartiality.

Keywords

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recusal of judge conflict of interest prior instance participation amparo appeal judicial impartiality LOPJ article 219 Supreme Court chamber

Cited Legislation

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Art. 219 LOPJ
Concurre la causa 11 establecida en el art. 219 LOPJ consistente en “Haber participado en la instrucción de la causa o haber resuelto el pleito o causa en anterior instancia”.
Art. 221.4 LOPJ
art. 219 LOPJ
Concurre la causa 11 establecida en el art. 219 LOPJ consistente en “Haber participado en la instrucción de la causa o haber resuelto el pleito o causa en anterior instancia”.
artículo 221.4 LOPJ
Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno de conformidad con lo dispuesto en el artículo 221.4 LOPJ.
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Full text

Sección Segunda. Auto 83/2005, de 25 de febrero de 2005. Recurso de amparo 1113-2001. Acepta una abstención en el recurso de amparo 1113-2001, promovido por don Francisco Javier Gómez de Liaño y Botella contra Autos de la Sala Segunda del Tribunal Supremo recaídos en relación con el indulto concedido por Real Decreto 2392-2000, de 1 de diciembre.

AUTO

I. Antecedentes

Único.

Por escrito de 15 de noviembre de 2004 el Magistrado Excmo. Sr. don Roberto García-Calvo y Montiel manifiesta que en su día formó parte del Pleno de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que dictó Auto de fecha 28 de diciembre de 2000 en la causa especial 2940/97, por lo que considera debe abstenerse en el actual recurso de amparo 1113-2001, dado que aquélla resolución se cuenta entre las afectadas por este recurso.

II. Fundamentos jurídicos

1. En el presente recurso de amparo se recurren los Autos de la Sala Segunda del Tribunal Supremo recaídos en relación con indulto concedido por Real Decreto 2392/2000, de 1 de diciembre. El Excmo. Sr. Magistrado que presenta la abstención integró en su día el Pleno de la Sala del Tribunal Supremo que dictó Auto de 28 de diciembre de 2000 en la causa especial 2940/97, resolución que se cuenta entre las afectadas por el presente recurso de amparo.

2. Concurre la causa 11 establecida en el art. 219 LOPJ consistente en “Haber participado en la instrucción de la causa o haber resuelto el pleito o causa en anterior instancia”. Por esta circunstancia, la abstención formulada para el conocimiento del actual recurso de amparo fundada en dicha causa concurre en el Excmo. Sr. Magistrado don Roberto García-Calvo y Montiel, debiendo ser aceptada por la Sección.

Por todo lo expuesto, la Sección

ACUERDA

Declarar justificada la abstención para el conocimiento del recurso de amparo núm. 1113-2001 formulada por el Excmo. Sr. don Roberto García-Calvo y Montiel.

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno de conformidad con lo dispuesto en el artículo 221.4 LOPJ.

Madrid, a veinticinco de febrero de dos mil cinco