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AUTO 282/1987 ECLI:ES:TC:1987:282A AI generated

Constitutional Court grants free legal aid to amparo applicant who previously received it in prior proceedings.

Case Number AUTO 282/1987
Court / Authority
Jurisdiction Spain (ES)
Decision Date
Outcome Allowed / Granted

Legislator summary

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The Tribunal Constitucional granted the applicant free legal aid for the constitutional appeal. The applicant had previously obtained free legal representation in the prior criminal proceedings regarding robbery and forgery. Consequently, the court applied the specific norms allowing free defense in constitutional appeals for those who have already benefited from such aid.

Legislator headnote

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Art. 2º Normas acerca de la defensa por pobre en los procesos constitucionales; The court established that a party who has already received free legal aid in prior judicial proceedings is eligible for free legal representation in a subsequent constitutional appeal.

Keywords

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free legal aid constitutional appeal prior proceedings free defense norms Tribunal Constitucional legal representation poverty benefit

Cited Legislation

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Art. 2º Normas acerca de la defensa por pobre en los procesos constitucionales
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Full text

Sección Segunda. Auto 282/1987, de 11 de marzo de 1987. Recurso de amparo 563/1986. Acordando la concesión del beneficio de pobreza al actor en el recurso de amparo 563/1986

AUTO

I. Antecedentes

1. Con fecha 26 de mayo de 1986 tuvo entrada en este Tribunal Constitucional escrito de don Jesús Mª López Sesma manifestando su voluntad de interponer recurso de amparo contra la Sentencia de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, de 25 de abril de 1986, recaída en recurso de casación contra otra dictada por la Audiencia Provincial de Palencia en causa por presun-tos delitos de robo y falsedad.

2. Designado que le fueron Abogado y Procurador del turno de oficio, los nombrados formalizaron las correspondientes demanda de amparo y de justicia gratuita, formándose, para sustanciar la segunda, la correspondiente pieza separada en la que el Ministerio Fiscal ha mostrado su conformidad a la concesión del beneficio solicitado.

II. Fundamentos jurídicos

Único.

- El recurrente ha gozado del beneficio de justicia gratuita en el proceso judicial previo, por lo que se halla en el supuesto previsto en el artículo 2º de las Normas acerca de la defensa por pobre en los procesos constitucionales, aprobadas por Acuerdo del Pleno de este Tribunal de 20 de diciembre de 1982, publicado en el Boletín Oficial del Estado del 9 de febrero siguiente.

Por lo expuesto, la Sección ha acordado otorgar a don Jesús Mª López Sesma el beneficio de gratuidad para litigar en el presente recurso de amparo.

Madrid, a once de marzo de mil novecientos ochenta y siete.